3.17. - 34. ¿DURANTE CUÁNTO TIEMPO SERÉ CONSIDERADO COMO EMIGRANTE RETORNADO?
Con carácter general, se tendrá condición de emigrante retornado durante 2 años computados éstos desde la fecha del retorno. En todo caso, este período se considera máximo pudiendo existir programas dirigidos a los emigrantes retornados que señalen periodos inferiores en atención a otras circunstancias. (p.ej, haberse incorporado al mercado laboral durante 12 meses continuados etc)