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Secretaría Xeral de Emigración
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Guía legal
preguntas respuestas
 
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Inmersión administrativa.
Preguntas
seccion3pregunta38
3.38. - 55. ¿DÓNDE SE OBTIENE EL D.N.I?


El solicitante que desee renovar o solicitar por primera vez el DNI deberá acudir a un equipo de Expedición del DNI, dependiente de las Comisarías de Policia. En las Comunidades Autónomas con lengua co-oficial (Cataluña, País Vasco, Galicia, Comunidad Valenciana e Illes Balears), el DNI se expide, además de en Castellano, en el idioma co-oficial de la respectiva Comunidad Autónoma.

Si se trata de la primera inscripción, puede comparecer ante el citado equipo con la documentación correspondiente, acompañado por una persona que lo represente si es menor o incapacitado.

Si se trata de una sustracción, extravío o deterioro, el solicitante, una vez en el equipo expedidor deberá rellenar un impreso y adjuntar una fotografía más que, junto a su firma y su impresión dactilar, servirá para comprobar su identidad.

Las personas inválidas o impedidas que no puedan acudir a la oficina de tramitación podrán obtener el DNI a través de un familiar, que presentará en la oficina un certificado médico oficial acreditativo de la imposibilidad y un equipo móvil se desplazará al domicilio del impedido para hacerlo.


En localidades sin comisaría de policía suele acudir un Equipo Móvil que se instala en el ayuntamiento. Los ciudadanos residentes en estas localidades y en las localidades próximas, podrán obtener o renovar el DNI en el acto, sin cita previa y aportando los mismos documentos que en los equipos fijos. A los ayuntamientos a los que se desplaza el equipo móvil les será comunicada, con la debida antelación, las fechas señaladas para las visitas al objeto de que, por los mismos, sean difundidas a los ciudadanos.

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