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Secretaría Xeral de Emigración
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Guía legal
preguntas respuestas
 
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Integracion laboral.
Preguntas
seccion5pregunta13
5.13. - 103. UN EMIGRANTE RETORNADO QUE QUIERA TENER ACCESO AL SUBSIDIO POR DESEMPLEO ¿QUÉ TRÁMITE HA DE SEGUIR?


Los pasos a seguir son los siguientes:

     - Inscribirse, si no lo estuvieran ya, como demandantes de empleo en la oficina de empleo en los 30 días siguientes a la fecha del retorno
     - Permanecer inscritos un tiempo de espera de 1 mes, durante el cual si encuentran y aceptan un empleo con duración inferior a 12 meses, no se ve afectado su derecho al susbsidio que queda en suspenso hasta la finalización del contrato. Igualmente, durante el mes de espera no pueden haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar en acciones de formación, reconversión etc sin causa justificada.
     - No percibir rentas superiores al 75% del SMI vigente en cada momento, (excluídas las pagas extraordinarias).
     - Acreditar su condición de retornados a través del certificado de emigrante retornado

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