5.17. - 107. ¿QUIÉN PUEDE ACCEDER A LA RAI?
Pueden ser beneficiarios de esta Renta aquellos solicitantes menores de 65 años que a la fecha de la solicitud cumplan el siguiente condicionado:
a.- Ser mayores de 45 años
b.- Ser demandante de empleo y haber estado inscritos ininterrumpidamente como tal durante los 12 meses anteriores a la solicitud. (este requisitos está excepcionado en el caso de hablar de un emigrante retornado).
c.- No tener derecho ni a prestación, ni a subsidio por desempleo ni tampoco a la renta agraria.
d.- No tener rentas superiores al 75% del SMI
e.- No haber sido beneficiario de 3 programas de RAI, ni beneficiarios del último existente (2005), salvo que su hubieran incorporado a éste por minusvalía o como víctima de violencia doméstica.
f.- Presentar la solicitud en forma y plazo.