6.21. - 141. ¿ ESTA CARTA DE INVITACIÓN HA DE TENER ALGÚN FORMATO CONCRETO PARA TENER PLENA VALIDEZ ?
El Reglamento de Extranjería dice en su texto que tanto la forma como el fondo de la carta tendrán que venir reguladas por una Orden del Ministerio. Sin embargo, en el momento actual, esta orden no existe, por ello lo que se hace para darle plena validez a la carta de invitación es un ACTA NOTARIAL donde se recogen los datos del residente en España y de aquél que reside en el extranjero y la voluntad del que se encuentra en España de prestar hospedaje a aquél que solicita la entrada.