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Secretaría Xeral de Emigración
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Guía legal
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Educación.
Preguntas
seccion7pregunta14
7.14. - 155. SI EL EMIGRANTE RETORNADO PROVIENE DE LA U.E ¿A QUÉ TRÁMITES ESTARÁ SOMETIDO EL TÍTULO ACADÉMICO DEL QUE SEA POSEEDOR PARA PODER SER RECONOCIDO EN ESPAÑA?


Existe un reconocimiento profesional de los títulos obtenidos en algunos de los 25 estados miembros de la UE y de aquellos otros que son parte del Espacio Económico Europeo, cuya finalidad es la superación de los obstáculos, especialmente los referidos a la titulación, que el ciudadano de un Estado puede encontrar para acceder al ejercicio de una determinada actividad profesional en otro. Los principales beneficiarios del mismo son, por consiguiente, los profesionales y no los estudiantes.

Los efectos de este reconocimiento son exclusivamente profesionales, es decir, conducen a la autorización de ejercicio de una profesión concreta en el Estado de acogida.

Afectan a las siguientes profesiones: Médico y Médico Especialista, Enfermero responsable de cuidados generales, Matrona ,Odontólogo ,Veterinario ,Farmacéutico ,Arquitecto.

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